John Henry Kurtz (JHK). Con la tecnología de Blogger.
Mostrando entradas con la etiqueta Pautas para los superintendentes viajantes 2010. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Pautas para los superintendentes viajantes 2010. Mostrar todas las entradas

domingo, 29 de junio de 2014

Pautas para los superintendentes viajantes (IV)

 


Página 61

Página 68

Página 82
Página 101

Página 104


     Estimados camaradas y pecadores impenitentes varios:

     Con esta, serán cuatro las entregas que llevamos en nuestra teocrática labor de traducir al román paladino el enésimo manual "secreto" del todopoderoso Cuerpo Gobernante.  ¡Si montan un circo, les crecen los enanos!  De modo que, hoy llegamos hasta la página 104 de este manual.  Si embargo, hay que leerse el manual íntegramente para poder tener un vislumbre de la mente disparatada del Governing Body Bank.  Aquí, solo toco unos pocos de los muchos asuntos interesantes que contiene este manual hasta ahora secreto...

Primera entrega: http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2014/06/pautas-para-los-superintendentes.html
Segunda entrega: http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2014/06/pautas-para-los-superintendentes_24.html
Tercera entrega: http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2014/06/pautas-para-los-superintendentes_27.html

     Por ejemplo, en la página 61, encontramos las siguientes palabras que incitan al debate, la tolerancia y respeto a las opiniones críticas:  En esta misma línea, se ha sabido que algunos publicadores participan en lo que podría llamarse debates filosóficos, evitando a propósito mencionar temas religiosos, la Biblia, Dios o Jesús para no levantar las sospechas de cualquiera que observe o escuche secretamente.  Como saben, intercambiar mensajes electrónicos o intervenir en foros de charla con desconocidos es peligroso (Ministerio del Reino, julio de 2007, página 3, en parte dice: "Es fácil que alguien a quien hayamos conocido en Internet oculte su identidad, intenciones o estado espiritual (Sal. 26:4).  Una persona pudiera afirmar que es testigo de Jehová y ser un incrédulo, un expulsado o incluso un apóstata").  Si bien la intención es llegar con el mensaje del Reino a las personas de buen corazón, tales discusiones pueden exponer a uno a malas compañías, como las de apóstatas. (1 Corintios 1:19-21; Colosenses 2:8).  Además, en los países donde la obra del Reino está restringida, este tipo de mensajes electrónicos (que puede ser vigilados) podría generar una actitud negativa hacia los hermanos por parte de las autoridades.  Por esta razón, tales debates deben evitarse.

     El Cuerpo Gobernante tiene un miedo patológico a debatir ideas.  No quieren que el rebaño de apoquinantes netos podamos confraternizar ni dialogar con quien no ve los asuntos como ellos quieren.  Hay que evitar el debate porque desconocemos si la persona al otro lado en Internet, es un exmiembro de la entidad religiosa, un apóstata, y por lo tanto una mala compañía per se.  Ante la duda: la abstención sistemática..., ¡no vaya a ser que nos abran los ojos!

     En la página 68 entramos de lleno con los Comités Judiciales que se celebran con nocturnidad y alevosía en las trastiendas de los Salones del Reino.  Se plantea el hipotético caso de un presunto reo o testigo visual de un delito/pecado que no conozca bien el idioma español y se necesite un intérprete.  Dice lo siguiente: "A veces ha habido que contar con la colaboración de un intérprete de lenguaje de señas o de otro idioma en casos judiciales.  Si hay algún anciano en el circuito que domine estos idiomas, puede servir de intérprete.  Si no, el superintendente de circuito puede averiguar si hay alguno en los circuitos vecinos, o pedir ayuda a la sucursal (sede nacional).  Aunque tal vez haya una hermana que sea buena intérprete, no es apropiado utilizar hermanas en casos judiciales".

     Los misóginos de turno tienen cierta aversión hacia el sexo femenino y lo dejan bien claro.  La idea es: la mujer en casa y con la pata quebrada.  Más vale un mal intérprete  --o ninguno--   que uno que sea del género femenino...  Luego vendrá el portavoz de turno a defender el papel relevante de la mujer dentro de la confesión religiosa, ¡pero la documentación al respecto es clara y diáfana!  Sobran las palabras.  Puede que alguna alma cándida pregunte: ¿pero no se puede echar mano de un intérprete judicial o jurado seglar?  No, hermano en la fe y en la fa.  La justicia teocrática es superior a la mundana y seglar, y no conviene que estas personas formadas y tituladas puedan ser testigos de las patochadas de los Comités Judiciales.
http://www.aptij.es/

     Sobre los cursos de idiomas patrocinados por la sede nacional de los testigos de Jehová, tienen el objetivo de buscar a más "clientes" entre los inmigrantes que no hablan el idioma del país.  Aquí también nos encontramos con algunas de las curiosidades de estos teócratas indocumentados.   Es un curso cuya duración es de cuatro meses.  Es impartido por dos hermanos varones que hayan asistido a un seminario de capacitación impartido por la propia entidad religiosa.   Por ejemplo, escriben en la página 82: "Puesto que los instructores de idiomas extranjeros tienen que cumplir con ciertas tareas administrativas que es mejor que atiendan varones, las hermanas no pueden ser instructoras.  Sin embargo, las hermanas que tengan buenas cualidades, así como los conocimientos necesarios, pueden ser ayudantes de hermanos que hayan asistido al seminario.  Si no se cuenta con ningún instructor capacitado, se animará a los hermanos a hacer lo que puedan para aprender el idioma por sí mismos si las circunstancias justifican el esfuerzo".  

     Los teócratas no se bajan del burro: las hermanas no pueden ser instructoras de idiomas por más que tengan la carrera de filología en el idioma en cuestión y en todo caso siempre será mejor que cada cual se apañe como pueda que tener que admitir que una mujer sabe más o está mejor cualificada para desempeñar la tarea de enseñar un idioma.  ¿Mayor sintentido puede haber?  No dan más de sí, ¡es lo que hay!  Lo tomas o lo dejas.  Pero si el trato a la mujer te deja con la boca abierta en pleno siglo XXI, no te sorprenderá menos lo que viene a continuación.

     En la página 101, nos encontramos con dos cuestiones trascendentales.  El Cuerpo Gobernante, en su presunción de ser la Voz de Dios en la Tierra, se extralimita en sus funciones y por enésima vez invade sin sonrojarse la esfera de lo privado de los cándidos apoquinantes.   Primero, el óbice de los estudios universitarios.  Segundo, los parientes que han abandonado voluntariamente la confesión religiosa o han sido expulsados de esta..., ¡tema importantísimo este!

     Vamos con los estudios universitarios: "¿Puede conservar su privilegio un hombre nombrado si él, su esposa o sus hijos cursan estudios superiores?  Mucho depende de las circunstancias y de cómo lo vea la congregación.  De surgir tan situación, el cuerpo de ancianos analizaría las siguientes preguntas y citas bíblicas: ¿Demuestra su proceder en la vida que busca primero los intereses del reino? (Mateo 6:33.)  ¿Les enseña a los miembros de su familia a buscar primero los intereses del reino?  ¿Respeta lo que ha publicado la clase del esclavo fiel  y discreto sobre los peligros de la educación superior? (3 Juan 9.) ¿Demuestran su habla y su conducta que es un hombre espiritual? (Salmos 1:2, 3:1; 1 Corintios 2:13-16.)  ¿Cómo lo ve la congregación?  ¿Por qué razón buscan él o su familia una educación superior?  ¿Tiene metas teocráticas? (Filipenses 3:8.) ¿Es la educación superior un obstáculo para asistir a todas las reuniones o participar de manera significativa en el servicio del campo u otras actividades teocráticas?  La sabiduría celestial debe guiar a los ancianos al evaluar adecuadamente y con imparcialidad estos factores que pudieran repercutir en los privilegios de servicio de un hermano nombrado.  (Santiago 3:17; 1 Pedro 5:3)".

     El mero hecho de plantear la duda, ofende.  Los espabilados de turno, la élite de nuestra entidad religiosa, el Cuerpo Gobernante, no quieren un rebaño con formación académica universitaria.  La ignorancia es un haber y una constante histórica cuando se trata de manejar al populacho.  La adquisición de esta formación académica solo está justificada teológicamente cuando esto puede servir a los intereses de los mandamases mundiales.  Nunca estaría justificada cuando la razón pudiera ser mejorar las condiciones de vida de nosotros o de nuestras familias..., ¡sería una forma de egoísmo!  Aquí, como otras incontables ocasiones, crean una incompatibilidad teológica entre estudios superiores y adorar a Dios.  De modo que si un anciano o siervo ministerial, o alguno de sus familiares inmediatos, se decidieran por cursar este tipo de estudios superiores..., su permanencia en el cargo en la comunidad religiosa estaría en peligro.

     ¿En la práctica cómo funciona toda esta sarta de preguntas?  Dentro del colectivo de los ancianos, las élites no son tontas y quieren que sus hijos cursen estudios universitarios.  Esta es una minoría selecta entre los ancianos, con buenos contactos y mejores relaciones con los superintendentes viajantes y personal influyente de la respectiva sede nacional.  Normalmente, estos no tienen problema.  Sin embargo, para la inmensa mayoría de los ancianos, supondría el que su permanencia en el  cargo quedaría en entredicho.  ¿Y para el populacho...?  Si los ancianos tienen problemas, ¡qué vía crucis no pasará el soldado raso que ose desafiar las directivas del Cuerpo Gobernante en esta materia vital!  Luego, nos vendrán los defensores a ultranza de la confesión religiosa a decirnos que el cursar estudios superiores o no, es un asunto personal y donde la entidad religiosa no se inmiscuye.  ¡Cuando no tienes vergüenza puedes afirmar muchas cosas!

     El segundo asunto de la página 101, es la relación  --más bien la ausencia de esta--  que debe existir con nuestros parientes que han abandonado libremente la comunidad religiosa o han sido expulsados de esta.  Prestemos atención: "Los parientes expulsados han supuesto una prueba para la espiritualidad de algunos hermanos.  Por ejemplo, hay quienes han asistido a recepciones de boda en las que han estado presentes personas expulsadas.  Esto va contra el mandato de 1 Corintios 11:5, de 'cesar de mezclarse en la compañía' de tales personas.  Si el anfitrión piensa desobedecer este claro mandato e invitar a personas expulsadas a la recepción, tiene la obligación de informar a todos los invitados que en la boda también estará presente un expulsado, de modo que puedan decidir si irán o no.  Otros han asistido a bodas de personas bautizadas con no creyentes o les han dado ayuda económica, dando así su consentimiento tácito a una unión contraria a los principios bíblicosun yugo desigual (1 Corintios 7:39).  Si un anciano o siervo ministerial llega al punto de suscitar serias reservas en la mente de los demás en cuanto a su buen juicio en estos asuntos, quizás haya dejado de reunir los requisitos para ser un siervo nombrado (1 Timoteo 3:13)".

     Con el tema de los exmiembros de la confesión religiosa la presión no se afloja.  Nuestros parientes que han optado libremente por abandonar el barco, son unos traidores, unos apóstatas y por lo tanto hay que lapidarlos social y familiarmente..., ¡ni agua hay que darles!  El miedo es el instrumento que utiliza el Cuerpo Gobernante para mantener apretadas las filas.  Entre esta lapidación social y familiar, está la de no poder asistir a eventos donde los expulsados estén presentes..., ¡aunque no hablemos con ellos, sino que les hagamos el vacío ninguneándoles!  Tampoco podemos "regalarles" nada cuando se casen, aunque sea nuestra hija.  Y, terminan como de costumbre, con una amenaza teocrática: quien desobedezca las directrices deja de calificar para ocupar un cargo en la confesión religiosa..., ¡como mínimo!  Esta es la tolerancia y el respeto que fomentan los dirigentes de los testigos de Jehová.

     Para finalizar, nos remitiremos a la página 104, donde reconocen abiertamente que en algunas ocasiones se han inventado experiencias (relatos personales)..., ¡bochornoso!: "Está muy bien incluir experiencias animadoras en los discursos de servicio.  Pero hay que tener cuidado: en ocasiones, los superintendentes viajantes han relatado experiencias inexactas o incluso ficticias.  Por lo tanto, antes de contar una experiencia, los superintendentes viajantes deben asegurarse de que sea auténtica.  Si hay dudas, no se debe usar".

     Ahora pregunto, ¿qué credibilidad nos merecen personas que nos "venden" relatos ficticios como si de reales se tratasen? ¿Por qué normas morales se rigen?   ¡Hasta qué grado no habrán llegado en esta dinámica, para que hasta el mismo Cuerpo Gobernante les dé un toque de atención en este manual secreto dirigido a los superintendentes viajantes!  Ya hacía años que los disidentes   --apóstatas--  poníamos en tela de juicio la credibilidad de tales relatos personales que se utilizan para enfervorizar a las masas de cándidos creyentes.  Hoy, providencialmente, tenemos el documento que constata nuestros testimonios.

     Definitivamente, el Cuerpo Gobernante queda como Cagancho en Almagro, una vez más.

     Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y de las experiencias ficticias?


ACCIÓN PARA LA ENTRADA
 
Enviar el artículo a las siguientes direcciones:

 
* Defensor del Pueblo   registro@defensordelpueblo.es
* Congreso de los Diputados - información@congreso.es
* Secretaría General del Senado - sgral@senado.es
* Tribunal Constitucional - buzon@tribunalconstitucional.es
* Fundación Pluralismo y Convivencia -fundacion@pluralismoyconvivencia.es 
* Observatorio de Pluralismo Religioso en España - info@observatorioreligion.es

martes, 24 de junio de 2014

Pautas para los superintendentes viajantes (parte II)




http://es.scribd.com/doc/230501492/tga-S
https://docs.google.com/file/d/0B9QFYOHNVhEIUE9GanY5ekJyUDQ/edit


     Estimados camaradas ocultos en las catacumbas urbi et orbi:

     El Señor no está contento en cómo manejan los tiempos, las sazones y los documentos en el siempre presente tiempo del fin.  Ya lo predijo el profeta Daniel, que en el tiempo del fin muchos discurrirían y el verdadero conocimiento sería abundante.  Pero,  ¿quién se opone al cumplimiento de esta profecía bíblica?  El Cuerpo Gobernante quiere sellar y ocultarnos el verdadero conocimiento, pero los apóstatas estamos por el cumplimiento de la voluntad divina y por la divulgación de este conocimiento teocrático salvavidas.

     Afortunadamente, muchos hermanos fieles y valientes están por la labor de alimentar a la casa de la fe y de la fa.  Por este motivo, en esta segunda entrega, diseccionaremos el manual secreto Pautas para los superintendentes viajantes 2010 (tga-S).  Ahora, tenemos una magnífica oportunidad para conocer la estructura jerárquica de la organización interna sobre los protocolos que sigue la confesión religiosa en el tema de las transfusiones de sangre.  ¡Va por ustedes!
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2014/06/pautas-para-los-superintendentes.html

     En las páginas 63 y 64, nos encontramos con el opaco tema: Comités de Enlace con los Hospitales (CEH) y al que pretendemos aportar alguna luz:  ¿Quiénes lo forman?  ¿Qué cualificaciones profesionales o académicas se les exigen?  ¿Quién los selecciona?  ¿Cuál es su función?  ¿Quieres prepararte para una oposición con el fin de ocupar una vacante?  ¡Presta atención!
"Su labor se dirige bajo la dirección de la sucursal y está supervisada por la Sección de Información sobre Hospitales".
     Por lo tanto, es la sucursal (la sede nacional de la confesión religiosa) quien dirige y supervisa este tinglado teocrático, utilizando el departamento llamado Sección de Información sobre Hospitales.   Seguidamente, hace referencia al proceso de selección para los candidatos al puesto.  Dicen:
"Con frecuencia, algún hermano que forma parte del Grupo de Visita a Pacientes (GVP) demuestra las aptitudes y el deseo de servir, y ese servicio le ha dado experiencia en los asuntos relacionados con los hospitales".
     Pero, ¿qué demonios son estos Grupos de Visita a Pacientes?  En su día, escribí algo sobre esto: "No son otra que unas visitas organizadas por la comunidad religiosa para controlar a los pacientes hospitalizados, para que nunca estén solos en el hospital, y puedan verse tentados a ceder a la presión y a las amenazas del personal médico que está controlado por Satanás".
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013_05_05_archive.html

     ¿Cuál es el siguiente paso en este proceso de selección teocrático?:
"El CEH debe consultar con el superintendente de circuito a fin de asegurarse de que el hermano recomendado se apto para este privilegio.  Si así es, el CEH enviará el nombre del hermano a la Sección de Información sobre Hospitales.  El Comité de Sucursal (dirección nacional de la confesión religiosa) aprueba la formación o la disolución de CEH".
     En definitiva, las personas que componen la dirección nacional de la confesión religiosa son quienes en última instancia tienen todo el poder en sus manos: ellos son los que nombran y destituyen a los miembros individuales y a los propios CEH.  No obstante, los indocumentados académicos, en un raro despliegue de sinceridad, reconocen lo siguiente:
"Aunque seguramente ningún hermano tendrá las circunstancias idóneas ni poseerá todas las cualidades deseadas, debe cumplir los requisitos a grado razonable".
     ¿Tan exigentes son los teócratas con los posibles candidatos?  ¿Qué cualificaciones académicas o experiencia profesional se exige en el currículun vítae, que hace casi imposible el que alguien pueda dar la talla?  ¡Pues va a ser que no!  Enuncian nueve puntos..., ¡que no son pocos!  Total, para nada.  En ningún momento se menciona que los candidatos deben poseer la carrera de medicina o siquiera estudios reglados en la rama sanitaria.  Según estos requisitos, puede ser un transportista o un peón de albañil la persona idónea para ocupar una vacante.  ¿Que qué conocimientos tienen de medicina estas personas como para poder hablar de tú a tú al personal facultativo y poder representar dignamente la salud y la vida de los cándidos creyentes proponiendo tratamientos alternativos que aseguren la vida de los pacientes?  Querido hermano lector si desafortunadamente caes enfermo y estos indocumentados te representan: ¡haz el testamento y que te pillen confesado...!  Fíjate en algunos requisitos:
* Que sea elocuente:  Que hable, que hable mucho, como una cotorra.  Que persuada, que conmueva, que deleite.  Pero, nos olvidamos que aquí no vamos de feria en feria vendiendo un producto curalotodo, aquí hay que convencer al médico que su tratamiento no vale y que el que presentan estos indocumentados es el idóneo.
*Que sea valiente, que no se intimide fácilmente: Vamos, lo que vulgarmente se dice "un tío echado para adelante".  Sin embargo, no olvidemos que una valentía sin formación académica en sanidad y experiencia profesional en esta rama..., ¡más que valentía yo lo definiría como de inconsciencia o imprudencia!
*Que sea leal y no divulgue información confidencial:  ¿Leal a quién?  Pues a la confesión religiosa y sus directivas opacas.  En definitiva, que defienda a capa y espada los intereses de la entidad religiosa.
*No es imprescindible que tenga algunos conocimientos médicos: Total, ¿para qué valen...?  Los teócratas pasan de estas nimiedades mundanas.  Tal vez el único y principal requisito que debería primar..., se ningunea.  ¡Vivir para ver y leer semejantes disparates!
     Una vez que hemos visto los requisitos académicos y profesionales de los que aspiran a una plaza en el CEH, nos toca conocer con más detalle otra faceta más económica:

RECOMENDACIONES DE TRATAMIENTOS O DE MÉDICOS

"4. En ocasiones se pide a los miembros de los CEH que organicen o formen parte de seminarios que informen a los hermanos de la zona de los servicios médicos que prometen cirugía sin sangre".

     ¿"Prometen"?  ¿No sería lo ideal que "garantizasen por escrito"?  Porque si a los médicos de la Seguridad Social les exigimos por que nos garanticen por escrito que no nos transfundirán sangre de ninguna de las maneras  --¡aún a riesgo de nuestra vida!--  ¿no deberíamos exigir lo mismo a los médicos de la medicina privada...? 

      Aquí puede surgir otro problema con suma facilidad.  Por ejemplo, si recomiendan centros hospitalarios privados o médicos que trabajan en la medicina privada, ¿no se corren riesgos de entrar en el cobro de comisiones por parte de los miembros del CEH?  ¿Nos aconsejarán el hospital o cirujano más experimentado o por el contrario a quien les dé una comisión más sustanciosa?   De solo pensarlo, ¡se me estremece el cuerpo y se eriza el vello!

     Por otro lado, ahora le toca el turno a los ancianos de congregación  --pastores religiosos en las comunidades locales--  que actúan como subalternos.  ¡Pero también tienen su papel...!:

"Los ancianos de congregación deben ayudar a todos los publicadores a llenar la tarjeta DPA, en especial a los recién bautizados.  [...]   Por su parte, los ancianos deben estar pendientes de visitar a los hermanos de la localidad que hayan sido hospitalizados".

     En otras palabra, se pudiera decir que su misión es ejercer de policía teocrática, asegurándose que nadie se sienta tentado a saltarse el guión escrito por la confesión religiosa en materia de tratamientos médicos donde se pueda emplear sangre.  A un servidor, le gustaría que pusiesen el mismo empeño en visitar y cuidar de las personas mayores que están incapacitadas en sus domicilios..., ¡sin que les visite y les telefonee nadie!  Pero, ¡claro!, ahí no hay "riesgo" de que se transfunda sangre, ¿no?

     Para terminar, este manual que estamos diseccionando, espero que nos dé muchas tardes de gloria.

     Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y los diversos y variopintos chanchullos teocráticos?

http://testigoscristianosdejehova.blogspot.com.es/
http://miexperienciadespusdelawatchtow.blogspot.com.es/2014/06/la-watchtower-discrimana-los-obesos-de.html?showComment=1403597157474#c5010334752667826208

domingo, 22 de junio de 2014

Pautas para los superintendentes viajantes..., urbi et orbi

http://es.scribd.com/doc/230501492/tga-S
 https://docs.google.com/file/d/0B9QFYOHNVhEIUE9GanY5ekJyUDQ/edit


     Estimados camaradas ninguneados por los de la esperanza celestial y trianera:

     Un hermano en la fe y en la fa, por correo personal, comparte con este humilde blog el enésimo manual "secreto" con directivas exclusivas para los superintendentes viajantes.  Un libreto compilatorio que ojo humano ha visto jamás.  ¡Gracias hermano M!  ¡Gracias hermano EK!  Estáis acumulando tesoros en los cielos y, quién sabe, ¡a lo mejor tenéis opción a una parcela en el prometidísimo Nuevo Orden de Watchtowerlandia!

     Un topo teocrático bien situado  --un superintendente de distrito--, ha filtrado un nuevo documento para el deleite del apoquinante neto: Pautas para los superintendentes viajantes 2010 (tga-S).  Como es habitual, también es secreto.  Los paranoicos teocráticos no quieren que se conozcan sus tejemanejes, por este motivo, intentan blindarlos como si de una publicación comercial al uso se tratase: con un copyright.  ¿Qué sentido tiene blindar un manual que no tienes intención de vender ni se puede comprar ni consultar en ninguna biblioteca ni lugar?  Esto es como si la Cosa Nostra protegiese sus finanzas con un copyright con la esperanza de que no pudiesen salir a la luz pública.

     Además, desde este humilde y apóstata blog, también quiero diseccionar lo que me ha parecido importante.  ¡Va por ustedes!

     Por ejemplo, en las páginas 96 y 97 de este manual, nos encontramos sobre quién está cualificado para ejercer el cargo de "anciano" o "siervo ministerial" en la confesión religiosa de los testigos de Jehová.   Aquí nos topamos con los depredadores sexuales de menores, ¿puede ellos ejercer el cargo de ancianos o siervos ministeriales?  Veamos que es lo que escriben los espabilados del Cuerpo Gobernante:
.
"Hay que extremar la prudencia al analizar la posible recomendación para ser anciano o siervo ministerial de alguien que abusó sexualmente de menores.  Los hermanos a quienes se conceden privilegios de servicio en la congregación ocupan una posición de confianza, y los demás los consideran dignos de ella.  Si alguien ha participado en esta clase de inmoralidad sexual o ha sido expulsado por dicho pecado, pasarían muchos años antes que se le recomendara para tener privilegios, si acaso se le recomienda alguna vez.  También han de sopesarse las repercusiones legales, además del grado de notoriedad, el alcance de la mala conducta, cuántos años han transcurrido y cómo ven al hermano en la congregación y la comunidad, así como las víctimas.  En todos estos casos, deben informarse plenamente a la sucursal de los antecedentes de la persona y todos los factores implicados".


Páginas 96 y 97

     Este párrafo citado es claro como el agua: el incesto y la pederastia..., son pecados y, como tales, cualquiera se puede arrepentir de haberlos cometido..., ¡y pelillos a la mar!  Cualquier depredador sexual técnicamente puede optar a ejercer un cargo en la confesión religiosa  (como lo es el de: anciano y siervo ministerial), si bien es cierto que también se mencionan algunos condicionantes:

1.- Repercusiones legales: Esto importa y mucho.  A medio o largo plazo, podría afectar el estatus del notorio arraigo (o de entidad benéfica) del que disfrutan en algunos países.  También, las correspondientes indemnizaciones económicas a las víctimas (véase el caso de Candace Conti)..., y la imagen pública de la entidad religiosa que quedaría como Cagancho en Almagro.  En definitiva, todo lo que pueda afectar la fama y la hacienda del Cuerpo Gobernante..., ¡hay que andar con pies de plomo!

2.- Grado de notoriedad: ¿Ha trascendido a la opinión pública?  O, ¿la generalidad de los miembros de la comunidad religiosa local saben de los "pecados" de este hermano, o se han olvidado por el paso de tiempo?  ¿Será un escándalo el que se le nombre de nuevo en el cargo?  Cuando el Comité Judicial de la congregación juzgó al depredador sexual de menores, ¿quedó todo en casa o se esparció la noticia como la gangrena entre la comunidad...?

3.- Alcance de la mala conducta:  Esto, supongo que está relacionado con la cantidad de víctimas reconocidas atribuidas al delincuente sexual en serie o la "calidad" de las atrocidades que haya perpetrado contra los niños inocentes.  De todas maneras, yo lo asociaría con el punto 2, Grado de notoriedad.

4.- ¿Cuántos años han transcurrido?: ¿Cuántos años hace que el Comité Judicial de la congregación, le juzgó por haber cometido incesto o pederastia?  ¿Ha pasado el suficiente tiempo como para que el personal se haya olvidado de la presencia en la congregación de tal depredador?  ¿Cometió los delitos en otra congregación y en la que reside actualmente los miembros de a pie no saben nada de sus antecedentes?

5.- ¿Cómo ven al hermano en la congregación y en la comunidad?: La posible repercusión en la congregación, ya la hemos tratado en los puntos anteriores.  Sin embargo, aquí con la palabra "comunidad", se refiere al vecindario donde la congregación desenvuelve sus actividades religiosas.  ¿Está la gente de la comunidad al tanto de que éste testigo de Jehová es un depredador sexual de menores?  ¿Nos traerá eso mala fama...?

6.- ¿Qué hay de las víctimas que puedan estar en esa congregación?:  ¿Han "perdonado" las víctimas a su violador?  O, ¿todavía le guardan rencor y despotrican públicamente de este hermano delincuente, al encontrárselo cara a cara semanalmente en el Salón del Reino?  ¿Puede alterar la paz y el ambiente de la congregación el nombramiento en el cargo de anciano de este criminal?

7.-  En todos estos casos hay que informar previamente a la sucursal (sede nacional de los testigos de Jehová en los respectivos países):  La dirección nacional de la confesión religiosa exige que se le ponga al tanto cuando se propone al cargo a alguien que ha sido un reconocido delincuente sexual.

     El asunto es que, el protocolo habitual para nombrar a alguien en el cargo hasta este año de 2014, ha sido el siguiente: los ancianos de la congregación local proponen al sujeto, entonces el superintendente viajante tiene que dar su plácet, después se envía la propuesta al Departamento de Servicio de la sede nacional de los testigos de Jehová..., ¡que en última instancia son los que quitan y ponen!

     En este caso, se evidencia por omisión deliberada o por inconsciencia, el desconocimiento completo del modus operandi de los depredadores sexuales en serie.  ¿Se curan?  ¿Quién lo garantiza y sobre qué base?  ¿Es poner cara de buena persona suficiente evidencia como para "redimir" a un sujeto de esta naturaleza para recomendarla a un cargo en el que tendrá mayor contacto y facilidad con los niños?  ¿Es el silencio cómplice  --tomar medidas para que los miembros de la comunidad no se enteren--  algo que repercutirá en la seguridad y la protección a la infancia?  ¿Qué se piensa preservar con estas medidas?, ¿la imagen pública de le entidad religiosa y la seguridad de la infancia?

   Como este manual de pautas tiene mucha tela que cortar, lo iremos haciendo poco a poco Dios mediante.

   Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y las opacidades diversas en el nombre de Dios.

http://www.extj.com/showthread.php?25001-Un-SD-nos-da-a-conocer-el-manual-con-que-WT-los-hace-reinar-en-las-congregaciones
http://hildeydesa.blogspot.com.es/2014/06/pautas-para-los-superintendentes.html
http://es.scribd.com/doc/230501492/tga-S
https://docs.google.com/file/d/0B9QFYOHNVhEIUE9GanY5ekJyUDQ/edit