John Henry Kurtz (JHK). Con la tecnología de Blogger.

viernes, 24 de septiembre de 2010

En el Reino Unido, sí y, en España..., ¡no! ¿Porqué?

Aloha (egiptóloga financiera)













http://www.charitycommission.gov.uk/ScannedAccounts/Ends47/0000216647_ac_20090831_e_c.pdf


Estimados camaradas víctimas de la opacidad financiera de la Orden Ajalvireña del Voto de Pobreza y el Santo Pedir:

Nuestra compañera Aloha está insuperable, no hay enigma que se le resista. Me recuerda a Adela y el Misterio del Faraón. Es toda una egiptóloga en busca de las claves para descifrar los jeroglíficos financieros watchtowerianos. Parece que ha encontrado la Piedra Rosetta y ahora empezamos a descifrar algo de todo el tinglado económico de la confesión religiosa del notorio arraigo y olé. Gracias, Aloha, toda la hermandad apóstata está en deuda permanente contigo, ¡tantos desvelos, tantas noches sin dormir, tantos ayunos..., y todo gratis!

En el Reino Unido, el gobierno no es tan pardillo como en España y les pide una auditoria anual a la confesión religiosa..., ¡si quieren estar exentos de impuestos! ¡Qué gran provisión teocrática! Me hace gracia, por que luego TH y adláteres nos salen con lo de que las finanzas en el Reino Unido están claras y parecen dar a entender que las finanzas de los testigos de Jehová están auditadas en todos los países por una empresa exterior. ¿Es así, TH? Entonces, tú, que tienes conexiones con el oráculo watchtoweriano, ¿qué empresa audita las finanzas de la Sede Nacional de los Testigos de Jehová en España? ¿No lo sabes, tú, que interpretas la ley y los profetas? ¿Dónde se pueden consultar las finanzas de la confesión religiosa en España? ¿En ningún sitio? ¿Y porqué? ¿Cómo es eso? ¿No somos los testigos de Jehová la luz del mundo? ¿Somos también la luz del mundo con el dinero que ser recoge en España?

Es el informe económico de la I.B.S.A. (International Bible Students Association). Está registrada en el Reino Unido como una organización caritativa, con el número 216647. Los auditores son: Calcutt Matthews (de Kent). Tienen el dinero en el banco: Barclays Bank. Utilizan la agencia de inversiones: Merrill Linch International Bank Ltd.

Los nombres de los hermanos fideicomisarios:

S. A. Hardy; J. S. Andrews; J.D. Dutton; P. P. Bell; S. Papps. (página 3 del informe)

Éstos fideicomisarios, reciben las publicaciones de la Charity Commission y reciben un curso de dos meses de duración sobre temas legales y financieros. Organizaciones caritativas con objetivos similares existen en muchos países y están coordinadas por el Cuerpo Gobernante de los testigos de Jehová, ubicado en la central mundial en los EE.UU. La I.B.S.A., trabaja estrechamente con la Watch Tower Bible and Tract Society of Britain. Suministra los trabajadores voluntarios a la Watch Tower para sus actividades, permite a la Watch Tower que utilice sus instalaciones para su actividad caritativa y para acomodar a los voluntarios. La I.B.S.A. le compra publicaciones religiosas a la Watch Tower y dona esta literatura a las congregaciones de los testigos de Jehová.

Beneficio Público

1. Se suministra literatura bíblica sin coste alguno a las congregaciones de los testigos de Jehová en el Reino Unido, siendo estas distribuidas gratis por las congregaciones, tanto a los testigos de Jehová como al público en general, en las siguientes cantidades: 16.800.000 ejemplares de las revistas La Atalaya y ¡Despertad!, y 1.244.000 Biblias y ayudas para estudiar la Biblia.

2. Asambleas para educación bíblica ampliamente anunciadas por medio de invitaciones personales dejadas al público por todo el país.


Actividades significativas

Para poder atender la demanda creciente de literatura bíblica que compramos a la Watch Tower, el gasto se ha visto incrementado. A la misma vez, el campo de impresión por parte de la Watch Tower para una distribución internacional se ha ampliado. Por este motivo, hemos comprado otro almacén para poder atender esta creciente actividad.

Nuestra política

De tanto en tanto somos preguntados por el Cuerpo Gobernante de los testigos de Jehová si nos es posible ayudar a los testigos de Jehová en otros países donde se necesita. Primero, nosotros calculamos si nuestro presupuesto da para eso. En ese caso, nosotros corremos con los gastos de esta mayor actividad de los testigos de Jehová y nosotros enviamos el dinero a la organización que cuida de los testigos de Jehová en ese país. Finalmente, nosotros recibimos informes de que el dinero se ha gastado en esos fines. (página 4 del informe)

Logros

Tenemos suficientes fondos como para atender las demandas por parte del Cuerpo Gobernante en lo referente a la ayuda terceros países cuya economía es pobre. El total de estas ayudas ha sido de 1.617.000 libras esterlinas.

Recaudación de fondos

Es bueno matizar que, a pesar de la recesión económica, las donaciones se han mantenido al mismo nivel, y el ingreso por contribuciones voluntarias ha aumentado sobre 1.000.000 de libras gracias a las herencias generosas. Además, le cobramos a precio de coste a la Watch Tower por suministrarles: oficinas, imprentas, almacenes y alojamiento para los trabajadores voluntarios.

Inversiones

Los fideicomisarios están satisfechos con los resultados de este año, tomando en cuenta los tipos de interés aplicados. El dinero se guarda en bancos de primera clase, pero las grandes cantidades en líquido están protegidas por un tipo de limitación que las salvaguarda en caso de quiebra bancaria.

Reservas

La I.B.S.A. tiene unas reservas financieras de unos 5.600.00 millones de libras esterlinas. (Página 5 del informe)

En la página 7, tenemos el informe de la auditoría por parte de Calcutt Matthews http://www.calcutt-m.co.uk/

Las páginas 8-10, nos presentan el balance financiero pormenorizado.

Transacciones

Durante el año, la I.B.S.A. compró literatura a la Watch Tower por el valor de 8.183.461 libras esterlinas. Durante el año, la I.B.S.A. cobró a la Watch Tower 4.176.521 libras esterlinas por los servicios prestados.

También, en la página 15, tenemos un préstamo que se hace una organización a otra por valor de 10.869.474 libras esterlinas, sin intereses y sin fecha de devolución.

Fin de la traducción parcial del informe.

¡En fin! Que una empresa del grupo le presta a la otra empresa, pero, al final, ¿el dinero adónde va? El que determina lo que hace la Watch Tower, la I.B.S.A. y la confesión religiosa en España..., ¡es el tan cacareado Cuerpo Gobernante! Ésos sí saben dónde está la pasta.

Por otro lado, la I.B.S.A. está ayudando a la paupérrima España: haciendo el trabajo de impresión, almacenamiento y distribución que se hacía desde España. Durante los últimos 30 años, los testigos de Jehová españoles hemos donado el oro y el moro para tener nuestra "catedral" en Ajalvir (Madrid). Según fuentes internas, se pretende vender todo el complejo que, algunos, lo valoran en unos 60.000.000 de euros, ¿qué pasará ahora? ¿Quién se quedará el dinero? ¿La I.B.S.A., la Watch Tower o la confesión religiosa en España? A los que hemos puesto el dinero, no nos dicen ni mu. Aquí hay un trasiego de dinero bastante opaco y, nos sentimos engañados. Hemos estado 30 años dando dinero y poniendo la mano de obra, así como pagando el mantenimiento y todos los gastos de este complejo fabril y residencial..., ¡y no nos dicen nada sobre el destino del complejo! Toda la información que tenemos, la hemos obtenido extraoficialmente. ¡Qué vergüenza y qué cara más dura!

TH, ¿sabes algo al respecto, o, lo tuyo es sólo la escatología watchtoweriana?

ACCIÓN PARA EL POST

Escribir una nota cortesmente redactada solicitando información sobre si se pretende vender el complejo de Ajalvir (la Casa Betel) y si se piensa consultar a los publicadores.

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jueves, 23 de septiembre de 2010

Una vuelta de tuerca más para con los expulsados de la confesión religiosa

Nízam (desde el lado oscuro)













Estimados camaradas inquietos por la proximidad del fin del mundo:

Nuestro camarada Nízam, el rey del disfraz teocrático, sigue con su actividad frenética en el lado oscuro y nos manda esta primicia mundial..., ¡está pasando, lo estás leyendo! ¿Alguien da más por menos? El Cuerpo Gobernante te da alimento espiritual a punto de caducar y, te pide tu dinero. Nosotros te damos el alimento sin adulterar y sin manipular..., ¡y gratis! ¿Qué diremos a nuestro infatigable Nízam? Sirves a la causa de la verdad y la justicia. Estás acumulando tesoros en los cielos, ¡y no los hedge fund como la Watchtower! Gracias, compañero, todos estamos en deuda contigo.

"Y todo ojo lo verá". ¿Qué es lo que se verá? La carta de la confesión religiosa, con las directrices internas para que en las comunidades locales de los testigos de Jehová..., ¡se les de una vuelta de tuerca más a los expulsados, o a quienes hayan decidido voluntariamente abandonar esta confesión religiosa! La persona expulsada de la confesión religiosa, se le aplica el mismo aislamiento social y familiar que quien decide abandonar esta confesión.

Como siempre, la carta va dirigida a los Cuerpos de Ancianos y --para no variar-- de espaldas a los pardillos que componemos la tropa. ¿Qué se les ha ocurrido ahora a los miembros del Cuerpo Gobernante para coaccionar a los expulsados-desasociados? ¿Tal vez, que los testigos de Jehová puedan dirigirles la palabra a éstas personas..., sin sufrir represalias por parte de la confesión? ¡Frío, frío! ¡Al enemigo ni agua! Pero, vamos a analizar la carta y la traduciremos al román paladino. ¡Va por ustedes!

Asunto: Requisitos de los siervos nombrados en relación con familiares expulsados.

Antes de proseguir, no debemos olvidar que las personas expulsadas-desasociadas a las que ser refiere la carta..., ¡son nuestros familiares! Una vez aclarado esto, podemos continuar.

¿Quiénes son éstos siervos nombrados? La carta dice: "Los ancianos, los siervos ministeriales y precursores regulares deben dar ejemplo en cuanto al trato con los familiares expulsados (lv, páginas 207-209)".

(Libro: Manténganse en el amor de Dios [lv, páginas 207-209]:

Cómo tratar a un expulsado

Pocas cosas duelen tanto como ver que un familiar o un amigo íntimo tiene que ser expulsado de la congregación por no arrepentirse de sus pecados. No obstante, la manera en que respondamos en este caso a las indicaciones de la Biblia revelará cuánto amamos a Dios y hasta qué grado somos leales a sus disposiciones. Por eso, analicemos varias cuestiones que pudieran surgir.
¿Cuál debe ser la relación con un expulsado? “Cesen de mezclarse en la compañía de cualquiera que, llamándose hermano, sea fornicador, o persona dominada por la avidez, o idólatra, o injuriador, o borracho, o que practique extorsión, y ni siquiera coman con tal hombre.” (1 Corintios 5:11.) Además, la Biblia nos exhorta: “[Si alguien] no permanece en la enseñanza del Cristo [...], nunca lo reciban en casa ni le digan un saludo. Porque el que le dice un saludo es partícipe en sus obras inicuas” (2 Juan 9-11). La Atalaya del 15 de noviembre de 1981, página 19, señala: “Decir un sencillo ‘¡Hola!’ a alguien puede ser el primer paso que lleve a una conversación y tal vez hasta a una amistad. ¿Quisiéramos dar ese primer paso respecto a una persona expulsada?”. Así, cuando un miembro de la congregación es expulsado, cortamos toda relación social y espiritual con él.

¿Es realmente necesario ser tan estrictos en el trato? Sí, y por varias razones. La primera es la lealtad a Dios y a su Palabra. Amamos tanto a Jehová que queremos obedecerle siempre, incluso cuando nos resulta muy difícil. Además, estamos seguros de que él es justo y amoroso, y de que todas sus leyes son para nuestro bien (Isaías 48:17; 1 Juan 5:3). La segunda razón es que el pecador que no se ha arrepentido es una mala influencia. Por eso, al excluirlo de nuestra compañía nos protegemos moral y espiritualmente, y preservamos la pureza y el buen nombre de la congregación (1 Corintios 5:6, 7). La tercera razón es que la expulsión puede beneficiar al propio pecador. ¿De qué manera? Si nos mantenemos fieles a los principios bíblicos y apoyamos la decisión del comité judicial tal vez logremos motivar al pecador, quien hasta el momento no ha aprovechado la ayuda de los ancianos. En efecto, es posible que nuestra postura le ablande el corazón y lo lleve a cambiar de actitud. Cuando vea que ha perdido la apreciada relación que tenía con sus seres queridos, quizás “[recobre] el juicio”, comprenda la gravedad de su pecado y dé los pasos necesarios para volver a Jehová (Lucas 15:17).

¿Y si el expulsado es un familiar? La lealtad a Jehová pudiera verse sometida a prueba cuando hay de por medio lazos de sangre. En esas circunstancias, ¿cómo hay que tratar al expulsado? Aunque no es posible abarcar todas las situaciones, nos centraremos en dos casos básicos.

A veces el expulsado vive con su familia inmediata. Dado que la expulsión no rompe los lazos de sangre, los familiares no tienen objeción a que siga relacionándose con ellos e interviniendo en las actividades cotidianas del hogar. Sin embargo, por lealtad a Jehová, no pueden confraternizar espiritualmente con el pecador, ya que este ha decidido romper el vínculo cristiano que los unía. Quizás le dejen estar en el estudio de familia, pero sin participar. Ahora bien, si es un menor, los padres pueden darle lecciones bíblicas, pues siguen siendo responsables de su enseñanza y disciplina (Proverbios 6:20-22; 29:17).

Ahora bien, ¿y si el expulsado no vive con su familia inmediata? En ese caso, los cristianos fieles reducen al máximo el trato, limitándolo a cuando es indispensable atender asuntos de familia. No buscan excusas para juntarse. Por lealtad a Jehová y a su organización, respetan la disciplina bíblica. Quieren lo mejor para su pariente, y con su postura firme quizás lo ayuden a beneficiarse de la corrección recibida (Hebreos 12:11).
[Notas]
Los principios bíblicos sobre la expulsión son también aplicables a quienes se desasocian, es decir, a quienes deciden renunciar a su condición de miembros de la congregación.

Para más información sobre los menores expulsados que viven con su familia, véase La Atalaya del 1 de octubre de 2001, págs. 16, 17, y del 15 de noviembre de 1988, pág. 20.

Para más información sobre los principios bíblicos aplicables a la relación con parientes expulsados, véase La Atalaya del 15 de abril de 1988, págs. 26-31, y del 15 de noviembre de 1981, págs. 20-25).

¿Cómo mete más presión sobre éstas personas la confesión religiosa? Leed con atención la pregunta que formula la entidad religiosa: "¿Qué responsabilidad recae sobre el cuerpo de ancianos si un siervo nombrado de la congregación permite que se mude a su hogar un miembro expulsado de la familia inmediata?". ¡No hablemos de familia lejana! Por ejemplo, tu hijo se ha ido a estudiar a la Universidad de Salamanca, allí decidió abandonar la confesión religiosa, ha terminado la carrera y quiere volver con sus padres, ¿qué posición deben adoptar los pastores religiosos de la comunidad hacia ése padre que lo ha aceptado en casa? ¿Lo han de quemar en la hoguera? ¿Han de quitarle las uñas de la manos con unos alicates? ¿Tal vez quitarle la piel a tiras? En definitiva, ¿qué es lo que está pidiendo la confesión religiosa a los pastores locales?

Ellos enumeran las causas que la entidad religiosa considera legítimas para que este hijo pueda volver al hogar: que esté enfermo mental o físicamente y, que de no acogerlo..., ¡se pudiera hablar mal de los testigos de Jehová en el vecindario! Eso sí, primero, habría que interrogar al expulsado para averiguar con qué actitud regresa al hogar..., ¡no vaya a ser que le de por criticar a la Organización! Porque si sigue con su pecado de apostasía..., ¡nada de nada, una patada y a la calle!

Pero, los pedigüeños, matizan algo más sus directrices y rematan la faena llegando donde querían llegar con esta misiva secreta (secreta para nosotros, los pardillos integrales de los publicadores de congregación, los soldados rasos): "Por otro lado, si las circunstancias hacen surgir serias dudas y el siervo nombrado ha perdido el respeto de la congregación, los ancianos quizás decidan que sería mejor que la persona nombrado dejara su privilegio de servicio". ¡Je, je, je! Siempre igual: digo pero no digo, pero me entiende quien me tiene que entender. En román paladino: Si existen dudas en el cuerpo de ancianos sobre las razones por las que el hijo está en casa de sus padres, o, si en la congregación algún hermano hace un comentario sobre cómo puede ser que el hijo "expulsado" viva con su padre que es anciano..., ¡hay que dimitirlo, hay que cesarlo ipso facto. Tal vez alguien entienda que la decisión última sobre dejar el cargo recae sobre la persona que lo ostenta, ¡pues no!; los ancianos de la congregación serán los que decidirán en virtud de las directrices que han recibido en esta carta por parte de la confesión religiosa. ¿Lo entiendes ahora?

Siguen diciendo: "A menos que la situación familiar cambie, la persona no sería ejemplar para ningún privilegio especial". Sí, hermano, sí, ¡si no echan al hijo de casa de una patada en las posaderas..., el padre pierde su posición social (o privilegios especiales) dentro del colectivo religioso! ¿Se mete, o no se mete, presión..., para que los padres echen al hijo de casa? Las directivas de la confesión religiosa son la esencia del amor al prójimo que se espera de todo buen cristiano y ciudadano.

ACCIÓN PARA EL POST:

Podemos escribir educadamente a la confesión religiosa para cerciorarnos sobre el protocolo que se sigue con las personas expulsadas (o que deciden abandonar libremente esta confesión religiosa) y sus repercusiones en el ámbito de la comunidad local y familiar.

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martes, 21 de septiembre de 2010

Los hedge fund y el fin del mundo de la Watchtower

"No acumulen para sí tesoros en la tierra...". Jesucristo

http://www.hedgefundintelligence.com/Product/12525/Forthcoming-Events/InvestHedge-Forum-2010.html?ElementId=9148 (noticia)



Estimados camaradas que tenéis la mosca detrás de la oreja con el asunto de las finanzas opacas:

Los pedigüeños sin fronteras, nos hablan de tener un ojo sencillo, de llevar una vida simple sin nada superfluo, de no ir tras las riquezas ni tras el dinero. Añaden: "El dinero es raíz de toda suerte de mal". Nada de cursar estudios universitarios con el fin de ganar dinero y llevar una vida placentera. ¡Hay que coger el madero de tormento y repudiarse uno a sí mismo! Cuando uno los escucha, se forja la idea mental de un monje hermitaño, alejado del mundo y sus placeres. No me imagino a quien me exhorta a repudiar y escupir sobre el dinero, disfrutando de: piscina climatizada, jacuzzi, sauna y baños turnos, además de cancha de tenis, gimnasio, squash..., ¡amen de un buen comer y un mejor beber!

Pero se pilla antes un mentiroso que a un cojo. Hace unos días, un camarada anónimo nos alerto de la presencia de la Sociedad Watch Tower --una entidad caritativa en Gran Bretaña-- en una reunión con los inversores más poderosos del mundo.

Pero, ¿qué son los hedge fund? Un fondo de inversión libre, (en inglés: "hedge fund", «fondo de cobertura»), también denominado instrumento de inversión alternativa y fondo de alto riesgo es un instrumento financiero de inversión. http://es.wikipedia.org/wiki/Fondo_de_inversi%C3%B3n_libre

Resulta que, en la reunión anual mantenida los días 21 y 22 de este mes, en Londres --concretamente en el Museo Británico-- donde se han reunido los más destacados organismos financieros del mundo..., ¡estaba la Sociedad Watchtower entre ellos! Entiendo que las empresas financieras velen por sus intereses económicos y observen en qué se puede invertir para sacar suculentos beneficios económicos..., ¡es su fin!

Lo que me llama la atención es lo siguiente, ¿qué hace una confesión religiosa, donde la parte dirigente ha firmado el voto de pobreza y pasa por ser una organización caritativa en el Reino Unido..., en estas reuniones del más alto nivel del mundo financiero mundial? ¿Quién dijo aquello de que el cristiano no puede servir a Mammón y a Dios al mismo tiempo?

¿Sabe algo sobre esto TH, el consejero espiritual sin parangón? Sí, del dinero. ¿Sabes algo TH? Porque aquí estamos a dos velas. Nosotros sabemos que ponemos el dinero y, hasta ahora, no nos han presentado un balance financiero?

Acción para el post:

Preguntar a nuestras personas de confianza si saben en qué empresas invierte la Watchtower, ¡no vaya a ser que nos llevemos una sorpresa!

domingo, 19 de septiembre de 2010

Sexting, ¿denunciar o no denunciar?

Nízam: el ojo que todo lo ve












Estimados camaradas víctimas recalcitrantes de la pseudoteología watchtoweriana:

Ya que TH y acólitos se limitan a pura demagogia watchtoweriana, sin el aporte de ninguna documentación, nos vemos obligados a informar a la casa de la fe. Aquí, en este blog, encontraréis la verdad documentada, ¡por muy estrambótica que sea esta! La verdad, toda la verdad y nada más que la verdad. Lo documentados todo, todo y todo.

Nuestro compañero Nízam --un hombre de fe sin parangón-- ha tenido la gentileza de compartir con nosotros estas buenas nuevas teocráticas procedentes de nuestro queridísimo y mantenido Esclavo Fiel y Discreto. Como de costumbre, instrucciones y directrices dirigidas a los pastores religiosos de la confesión religiosa; de espaldas a los afectados o posibles víctimas, en el sentido de que esta información ni se lee ni se comparte con los miembros de la confesión, la carta es explícita en cuanto a quiénes va dirigida: A LOS CUERPOS DE ANCIANOS.

Hay quien se pregunta; ¿quién es Nízam? ¿De qué vive? ¿A qué dedica el tiempo libre? Aquí a nadie se le pregunta cuánto dinero tiene en el banco, por lo tanto, tampoco está autorizado a formular este tipo de preguntas..., ¡dejemos que los agentes Watch se devanen los sesos!

La carta trata sobre el sexting, con menores de por medio. ¿Qué es el sexting?: (contracción de sex y texting) es un anglicismo de nuevo cuño para referirse al envío de contenidos eróticos o pornográficos por medio de teléfonos móviles. http://es.wikipedia.org/wiki/Sexting

¿Términos afines?:

Ciberbullying. Se trata del acoso, molestia o humillación de un menor por parte de otro menor, a través de las tecnologías de la información. Incluye los chantajes y las vejaciones entre menores a través de móviles, consolas o Internet.

Grooming. En este tipo de delito interviene un adulto, engatusando a un menor para ganar su confianza a través de Internet, normalmente con fines de satisfacción sexual.

Ciberacoso. Consiste en utilizar medios digitales (correo electrónico, chats, móviles, etc étera) para acosar a un individuo, en este caso, menor de edad, hasta conseguir algo por parte del acosado, como una foto o una cita. http://www.canarias7.es/articulo.cfm?Id=162787

Como con el tema de la pederastia y las confesiones religiosas que no denuncian los casos a los Cuerpo y Fuerzas de Seguridad del Estado, el sexting no solo es un pecado que pueda tratarse de manera interna en el ámbito de la confesión religiosa --lavar los trapos sucios en casa--, no, no sólo es pecado..., ¡también es un delito! La posesión de material pornográfico infantil, así como su distribución, y la corrupción de menores, son delitos recogidos en el Código Penal español.

Según esta carta recientísima, ¿cuáles son las directrices de la confesión religiosa en España a los pastores religiosos de sus comunidades locales? "Como sabéis, cuando los ancianos reciben informes de abuso físico o sexual de menores, deben llamar al Departamento de Asuntos Legales para obtener dirección legal". Me parece estupendo que los ancianos llamen al Departamento de Asuntos Legales de la confesión religiosa cuando existe un caso de pederastia, pero, echo en falta una referencia que obligue a éstos ancianos a denunciar los hechos ante la policía o guardia civil para que ellos puedan investigar y certificar la inocencia o culpabilidad del pederasta y el posible resarcimiento de la víctima. ¿Están los ancianos de las congregaciones, o, el Departamento de Asuntos Legales capacitados o, legitimados por la ley para hacer esto? ¿Cuántos casos de pederastia han denunciado ante la policía los ancianos o el Departamento de Asuntos Legales de la confesión religiosa en España, digamos, en los últimos 40 años? ¿Ninguno? ¿No es extraño? ¿Falla algún protocolo de la confesión religiosa?

La carta continúa: "Si los ancianos se enteran de que un menor ha recibido este tipo de mensajes de algún adulto o incluso de otro menor, deben llamar sin demora al Departamento de Asuntos Legales". ¡Y dale con el Departamento! Bien, informamos al mencionado departamento, pero, otra vez, la misma objeción, ¿dónde menciona la carta que hay que denunciar los hechos a la policía o guardia civil? ¿El silencio sepulcral en esta materia, es sinónimo de algo?

La página web de la Guardia Civil, entre los consejos que da a los padres de los hijos que han recibido este tipo de contenidos, está este --bien diferente del de la confesión religiosa del notorio arraigo--: 5. "Si su hijo le informa de contenidos que le han hecho sentir incómodos (de tipo sexual) dele la importancia que realmente tiene y denúncielo". https://www.gdt.guardiacivil.es/webgdt/cpadres.php

La carta continúa: "Después de haber informado del incidente (prefiero el término delito) al Departamento de Asuntos Legales, los ancianos serán dirigidos al Departamento de Servicio, quienes le contestarán cualquier pregunta relacionada con los aspectos judiciales o teocráticos del caso". ¿Pero los aspectos judiciales no los contesta el Departamento de Asuntos Legales? No, amigo, no. Aquí, evidentemente, están refiriéndose al sistema judicial interno de la confesión religiosa..., ¡de cuyos aspectos se encarga otro departamento: el Departamento de Servicio! ¿Lo pillas ahora? Además, basta leer el contenido completo de la carta; esto nos ayudará a determinar a qué sistema judicial se están refiriendo: al externo y de todos los españoles, o al interno y exclusivo de la confesión religiosa. El párrafo tres de la carta nos ayudará a esto.

¿Pero qué pasaría si un miembro adulto de la confesión religiosa comparte pornografía infantil, con otro miembro adulto de la congregación? La carta omite este detalle, pero dice lo siguiente: "No habría que llamar al Departamento de Asuntos Legales si se trata de adultos (es decir, personas de por lo menos 18 años de edad) que han estado de acuerdo en enviarse imágenes o mensajes de contenido erótico". Aquí, nos surgen las mismas pregunta de siempre. La posesión y distribución de pornografía infantil es un delito..., ¡aunque sea entre adultos! ¿No tiene la confesión religiosa ninguna directriz al respecto? Soy duro de mollera, ¡siempre echo en falta la mención a la obligatoriedad de denunciar a las Fuerzas y Cuerpo de Seguridad del Estado este tipo de delitos! No me vale lo de: los trapos sucios se lavan en casa.

El párrafo tres da una serie de instrucciones a los ancianos sobre cómo tratar judicialmente estos casos dentro de la confesión religiosa. Entro otras perlas, dice: "En la mayoría de los casos se toma acción judicial, especialmente si menor bautizado ya sido aconsejado y, aun así, persiste en su mal proceder". Sigo echando en falta alguna referencia sobre denunciar este tipo de delitos a la policía para que, en el caso de menores, puedan obtener la ayuda profesional para evitar que reincidan en este tipo de delito. ¿Está cualificado el anciano: panadero, carpintero, taxista o transportista para ayudar a este tipo de delincuentes? En este sentido, la legislación varía en diferentes países, pero, en algunos países también se considera delito cuando los adolescentes menores de edad están envueltos en este tipo de hechos.

En el párrafo cuatro: "Las graves consecuencias que pueden resultar del sexting subrayan la importancia de que los padres cristianos supervisen el uso que sus hijos dan al teléfono móvil o a cualquier otro dispositivo electrónico de comunicación". ¿Graves consecuencias..., por vuestro sistema judicial interno? No solo eso. No tenéis ni idea de las consecuencias de este tipo de delitos y, si la tenéis, os calláis como cucos. Las consecuencias pueden ser gravísimas e imprevisibles, por ejemplo, una adolescente se suicidó: http://today.msnbc.msn.com/id/29546030

Lo que quiero decir, para que se me entienda, es que no tengo nada en contra de las directrices internas de la confesión religiosa, mi objeción es: ¿porqué los ancianos de la confesión religiosa no informan de estos delitos también a la policía o guardia civil? Bajo mi punto de vista, los ancianos, primero, deben denunciar el delito a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, después, que sigan con toda su parafernalia interna. Esto se echa en falta en esta circular y en todas las otras que han escrito en los pasados 40 años.

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